lunes, 16 de enero de 2012


Para qué se creo la APTO?

Propósito:

1.- Proveer un foro para el intercambio de ideas y experiencias en el campo de la ergonomía y traumatología del globo ocular y sus anexos.

2.- Facilitar la cooperación en la creación, producción y distribución de programas de educación al público, ergonomistas, médicos generales, de urgencias y oftalmólogos.

3.- Cooperación en la creación y seguimiento de estudios multicéntricos.

4.- Ser la representación de la oftalmología panamericana ante instituciones internacionales dedicadas al estudio, prevención y tratamiento del trauma ocular.

5.- Cooperar con la Asociación Panamericana de Oftalmología en los programas educativos y científicos que así lo requieran.

Para cumplir con los propósitos señalados, la Asociación se auxiliará de los siguientes medios:
a)    Un curso bianual en coordinación con el congreso de la Asociación Panamericana de Oftalmología
b)    Cursos de actualización y enseñanza
c)    Reuniones científicas: congresos, simposios, coloquios, etc.
d)    Participación en las publicaciones y otro material didáctico y educativo de la Asociación Panamericana de Oftalmología


 Quienes pueden pertenecer a la APTO?

Miembros:

1.- Todo aquel médico oftalmólogo o investigador que tenga un interés especial en el traumatismo ocular demostrado en su vida profesional y/o académica (programas hospitalarios, pláticas o trabajos publicados).

2.- Miembros fundadores, activos, honorarios y aspirantes. Solo los fundadores y activos pueden votar y pagar cuotas.

3.- Solo se podrá ser miembro aspirante 2 años.


Requisitos para miembros activos:

1.- Ser médico oftalmólogo o investigador, reconocido y miembros de la corporación oftalmológica del país donde radica reconocida por la APAO, con un interés particular en el tema de traumatología y ergonomía ocular.

2.- Presentar la siguiente documentación:
a)                      Constancia de membresía de la corporación oftalmológica local
b)                      Tres trabajos referentes a trauma o ergonomía o
c)                      Constancia de la sociedad local de trauma ocular si esta existe
d)                      Dos cartas de presentación de miembros de la APTO

Derechos y obligaciones de los socios activos:

1.- Participar con voz y voto en las decisión que se tomen en las sesiones de la APTO
2.- Votar y ser votado para cargos en la dirección y administración de la APTO
3.- Participar en las actividades científicas organizadas por la APTO
4.- Cubrir las cuotas establecidas
5.- Desempeñar los cargos que la directiva de la APTO le asigne

Requisitos para Socios Fundadores

Derechos y obligaciones para Socios Fundadores

1.- Participar con voz y voto en las decisión que se tomen en las sesiones de la APTO
2.- Votar y ser votado para cargos en la dirección y administración de la APTO
3.- Participar en las actividades científicas organizadas por la APTO
4.- Cubrir las cuotas establecidas
5.- Desempeñar los cargos que la directiva de la APTO le asigne


Requisitos para Socios Honorarios

Derechos y obligaciones para Socios Honorarios

Requisitos para Socios Aspirantes

1.- Ser médico residente en oftalmología, con por lo menos 2 anos de entrenamiento  y. con un interés particular en el tema de traumatología y ergonomía ocular.

2.- Solo podrá ser miembro aspirante por dos anos.

3.- Presentar la siguiente documentación:
a)    Constancia del hospital donde esta cursando su residencia. 
b)   Dos cartas de presentación de miembros de la APTO

Derechos y obligaciones para Socios Aspirantes

1) Contribuir con  la asociación en sus programas académicos y educativos
2) Pagar cuotas especiales en los eventos científicos de la Asociación

Separación de los socios:

1.- Realice alguna actividad que desacredite o dañe a la APTO o a la APAO
2.- Incumpla estos estatutos, los de la corporación local que lo avale o los de la APAO
3.- Retraso de 2 o mas años en el pago de las cuotas con advertencia por escrito y con un plazo mínimo de tres meses



Mesa directiva:

1.-  Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero.

2.- Las funciones de la mesa directiva tendrán una duración de dos años. Los cargos de vicepresidente y tesorero  serán electos en cada Congreso Panamericano (cada dos años).

3.-  Los miembros de la mesa directiva deberan ser miembros titulares de la APAO.

3.- El vicepresidente tomará posesión de la presidencia los dos años siguientes a su gestión como vicepresidente y nombrará a su secretario.

4.- Cada país será representado por un delegado (excepto países con mas de tres mil oftalmólogos que contarán con dos delegados) que los representará ante la mesa directiva y en las reuniones a la que esta convoque.

Estos delegados serán electos por los miembros de la APTO de cada país.


Reuniones:

Cada dos anos, durante la reunión de la Asociación Panamericana de Oftalmología, se llevara a cabo una sesión plenaria en la que se someterá a la consideración de la asamblea:
a) La modificación de estatutos
b) La aprobación de reglamentos
c) La elección del vicepresidente y tesorero para la siguiente gestión.
d) Asuntos relacionados a los eventos académicos
e) Las cuotas anuales de los socios

Se convocara a dicha sesión, por escrito a cada miembro y por lo menos con tres meses de anticipación.
Las decisiones que se tomen serán votadas y se consideraran aceptadas si cuentan con la mitad de los votos mas uno de los asistentes a dicha sesión.



Recursos:

1.- La APTO tendrá como fuente de ingresos las cuotas anuales de sus miembros, los ingresos acumulados por inscripciones de los asistentes a los eventos organizados por la APTO así como donaciones ya sea de individuos o corporaciones.

2.- El monto de la cuota anual para los socios de la APTO será acordada  durante la sesión plenaria de negocios a llevarse a cabo junto con cada curso de la APTO dentro de los congresos panamericanos de cada dos años.



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